Registro civil

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE NACIMIENTO:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener acta de nacimiento (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea obtener acta (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de nacimiento o CURP, matrimonio, defunción, divorcio según el acta a solicitar.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $ 48.11, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capitulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. segundo tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE RECONOCIMIENTO:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener acta de reconocimiento (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea reconocer a un hijo (a) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de nacimiento o CURP.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $202.07, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capitulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. segundo tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE MATRIMONIO:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener acta de matrimonio (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea obtener acta (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de matrimonio a solicitar.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $202.07, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DEFUNCIÓN:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener acta de defunción (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea obtener acta (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de defunción a solicitar.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $202.07, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DIVORCIOS:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener acta de divorcio (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea obtener acta (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de divorcio a solicitar.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $471.52, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE TRANSCRIPCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, MATRIMONIO, DEFUNCIÓN, DIVORCIO:

Información Descripción
Descripción: Es cuando un (a) ciudadano (a) desea obtener copia de un acta transcrita, ya sea de nacimiento, matrimonio, defunción o divorcio (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía.
Dirigido a: Un (a) ciudadano (a) desea obtener la transcripción de un acta (copia certificada) y se encuentra registrado (a) en esta Oficialía Municipal y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De 20 a 30 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 Hrs.
Requisitos: Copia del acta de divorcio a solicitar.
Procedimiento:
  • Recepción de la copia del acta que solicita.
  • Cotejo de datos en la base o libro para verificar que los datos proporcionados sean los correspondientes al acta solicitada.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración del acta solicitada.
  • Entrega de la copia certificada al solicitante.
Costos: $471.52, El pago se realiza en la Tesorería Municipal ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321), Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE ADOPCIÓN:

Información Descripción
Descripción: La adopción es una de las formas en que mediante trámite jurídico se adquiere un vínculo de parentesco entre el adoptado y adoptantes.
Dirigido a: Las personas que ya tengan la sentencia del juzgado autorizado para adoptar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 5 días
Días y horario de atención: De lunes a viernes, 08:00 A 12:00 horas.
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento del o la menor si fue registrado anteriormente.
  • Original y 2 copias de la Sentencia ejecutoriada expedida por el Juzgado de lo familiar con el oficio anexo.
  • Original y 2 copias de cada uno del acta de nacimiento actualizada de los adoptantes.
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio actualizada.
  • 2 copias de la curp de cada uno de los padres.
  • 2 copias de identificación oficial (ife o ine, cartilla militar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte vigente) de cada uno de los padres
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (deberán saber leer y escribir).
  • En caso de no haber sido registrado anteriormente al menor, presentar el certificado de nacido vivo en original y 2 copias.
  • Si el menor o la menor es mayor de 5 meses con 28 días presentar constancia de inexistencia de registro (solicitarlo en la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo col. centro de esta ciudad.)
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago correspondiente en la caja de la tesorería.
  • Informar a la madre o padre, la fecha, hora del registro (toma de firmas de padres, testigos y huella del menor o la menor.
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área).
  • Cotejar el registro (Se encuentra dentro de la misma área).
  • Entrega del registro. (boleta de interesado, copia certificada del acta de adopción).
Costos: $ 1,000.77. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE DEFUNCIÓN DE EXTRANJEROS:

Información Descripción
Descripción: Es el trámite que se realiza para obtener el acta que declara legalmente el fallecimiento de una persona.
Dirigido a: La ciudadanía en general de nacionalidad extranjera;
Modalidad: Por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 horas.
Días y horario de atención: Lunes a domingo, 24:00 HORAS. Nota: LA FUNERARIA QUE OTORGA EL SERVICIO CONTACTA A LA ENCARGADA DE FUNCIONES.
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento del o la menor si fue registrado anteriormente.
  • Original y 2 copias de la Sentencia ejecutoriada expedida por el Juzgado de lo familiar con el oficio anexo.
  • Original y 2 copias de cada uno del acta de nacimiento actualizada de los adoptantes.
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio actualizada.
  • 2 copias de la curp de cada uno de los padres.
  • 2 copias de identificación oficial (ife o ine, cartilla militar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte vigente) de cada uno de los padres
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (deberán saber leer y escribir).
  • En caso de no haber sido registrado anteriormente al menor, presentar el certificado de nacido vivo en original y 2 copias.
  • Si el menor o la menor es mayor de 5 meses con 28 días presentar constancia de inexistencia de registro (solicitarlo en la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo col. centro de esta ciudad.)
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago correspondiente en la caja de la tesorería.
  • Informar a la madre o padre, la fecha, hora del registro (toma de firmas de padres, testigos y huella del menor o la menor.
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área).
  • Cotejar el registro (Se encuentra dentro de la misma área).
  • Entrega del registro. (boleta de interesado, copia certificada del acta de adopción).
Costos: $ 1,000.77. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE DEFUNCIONES EXTEMPORÁNEOS DECRETADA POR EL JUZGADO

Información Descripción
Descripción: Es el trámite que se realiza ante el Juzgado para obtener el acta que declara legalmente el fallecimiento de una persona.
Dirigido a: A la ciudadanía en general que tenga la necesidad de levantar una defunción.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 horas
Días y horario de atención: Lunes a viernes. Recepción de documentos: 08:30 a 14:00 Hrs
Requisitos:
  • Original y 2 copias de la sentencia ejecutoriada expedida por el Juzgado ordenando el registro.
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento actualizada del finado o finada.
  • 3 copias de identificación oficial del o la declarante.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pago.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado), copia certificada de defunción.
Costos: $ 654.33. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE DEFUNCIONES

Información Descripción
Descripción: Es el trámite que se realiza para obtener el acta que declara legalmente el fallecimiento de una persona.
Dirigido a: A la ciudadanía en general que tenga la necesidad de levantar una defunción.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 horas
Días y horario de atención: lunes a domingo, RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS LAS 24:00 HORAS. LA FUNERARIA QUE OTORGA EL SERVICIO CONTACTA A LA ENCARGADA DE DEFUNCIONES.
Requisitos:
  • Original y 3 copias del Certificado médico de defunción, firmado y sellado por el médico.
  • Original y 3 copias del acta de nacimiento actualizada del finado o finada.
  • Original y 3 copias del acta de matrimonio actualizada si fuera casado (a)
  • 3 copias de identificación oficial del finado o finada.
  • 3 copias de identificación oficial del declarante.
  • 3 copias de identificación oficial de dos testigos.
  • Original y 3 copias en caso de ser trasladado a otro estado, Municipio o extranjero presentar la orden de autorización de la secretaria de Salud y la orden de traslado del Registro Civil.
  • Original y 3 copias en caso de ser muerte violenta presentar el acta levantada por el ministerio público.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega de orden de: inhumación, exhumación o cremación. Según sea el caso)
  • Entrega orden de traslado (si fuera necesario)
  • Entrega del registro (boleta de interesado), orden y copia certificada de defunción.
Costos:
  • Registro Normal $461.89
  • Traslado a otro Municipio $577.32
  • Traslado a otro Estado $769.76
  • Traslado al extranjero $1,154.64
El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE DIVORCIO ADMINISTRATIVO

Información Descripción
Descripción: Es cuando los cónyuges son mayores de edad y no tienen hijos menores y están de acuerdo en divorciarse. (Se refiere al proceso que tiene como intención dar término a una unión conyugal).
Dirigido a: A la ciudadanía en general que desee divorciarse y se encuentre en estos términos.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 8 días hábiles.
Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 Hrs.
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio.
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento de ambos
  • 2 copias de la identificación oficial de ambos
  • 2 copias de la curp de ambos
  • 2 copias de acta de nacimiento de los hijos para comprobar la mayoría de edad (Si hubiere)
  • Original y 2 copias de Certificado médico de no gravidez de la contrayente, (tiene vigencia de 15 días anexar el resultado del laboratorio.)
  • Original y 2 copias de la Constancia de residencia de cualquiera de los contrayentes (solicitarlo en la Secretaria General del H. Ayuntamiento ubicado en el segundo piso del palacio municipal.)
  • 2 copias de identificación oficial de 2 testigos. (1 testigo por cada uno)
  • Si son casados bajo el Régimen de sociedad conyugal, presentar el convenio de liquidación de la sociedad ante el Juez o notario público.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pago.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado) y copia certificada de divorcio.
* Después de recibir su acta deberá de llevar una copia fotostática del acta de Divorcio a la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, para la anotación al libro duplicado correspondiente.
Costos: $4,233.74. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE DIVORCIO POR SENTENCIA DEL JUZGADO O DE NOTARIO

Información Descripción
Descripción: Es la presentación ante el Registro Civil de la Sentencia emitida por un Juez de lo Familiar o Notario y en su ejecutoria se declara la disolución del vínculo matrimonial. (Se refiere al proceso que tiene como intención dar término a una unión conyugal).
Dirigido a: A la ciudadanía que realizó su trámite ante el juzgado o notario.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 3 días hábiles
Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 08:30 A 14:00 Hrs.
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio.
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento de ambos
  • 2 copias de la identificación oficial de ambos
  • 2 copias de la curp de ambos
  • 2 copias de acta de nacimiento de los hijos para comprobar la mayoría de edad (Si hubiere)
  • Original y 2 copias de Certificado médico de no gravidez de la contrayente, (tiene vigencia de 15 días anexar el resultado del laboratorio.)
  • Original y 2 copias de la Constancia de residencia de cualquiera de los contrayentes (solicitarlo en la Secretaria General del H. Ayuntamiento ubicado en el segundo piso del palacio municipal.)
  • 2 copias de identificación oficial de 2 testigos. (1 testigo por cada uno)
  • Si son casados bajo el Régimen de sociedad conyugal, presentar el convenio de liquidación de la sociedad ante el Juez o notario público.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pago.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado) y copia certificada de divorcio.
* OBSERVACIÓN: Después de recibir su acta deberá de llevar una copia fotostática del acta de divorcio a la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, para la anotación al libro duplicado correspondiente.
Costos:
  • -EXPEDIDA POR EL JUZGADO $ 1,058.48
  • -EXPEDIDA POR NOTARIO $ 1,587.69
El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE MATRIMONIOS DE AMBOS EXTRANJEROS

Información Descripción
Descripción: Es la unión jurídica de dos personas que, mediante una ceremonia solemne requerida por la ley, se unen con todos los derechos y obligaciones.
Dirigido a: A la ciudadanía en general mexicanos o extranjeros que deseen contraer matrimonio.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De acuerdo a la fecha solicitada de los contrayentes.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 14:00 horas
Requisitos:
  • 2 copias del acta de nacimiento apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo)
  • 2 copias del pasaporte vigente de cada uno de los contrayentes
  • 2 copias de su legal estancia en el país de cada uno de los contrayentes
  • 2 copias de cada uno de identificación oficial de 4 testigos mexicanos que sepan leer y escribir (2 testigos por cada contrayente)
  • 1 copia del acta de nacimiento de ambos padres de los contrayentes.
  • Original y copia de certificados médicos prenupciales vigente de ambos contrayentes (anexo a éste deberá traer los laboratorios químicos completos con VIH, después de haber separado su fecha de matrimonio ante el registro civil, se le indica la fecha tentativa para presentar los certificados médicos)
  • Llenar una solicitud que se le proporcionará en el área de recepción
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pago.
  • Entrega de la solicitud para su llenado y recepción. La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro de matrimonio. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Celebración del Matrimonio por la Oficial del Registro Civil en la sala de matrimonios cuando es de oficina. (se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro y copia certificada de matrimonio a los contrayentes al término de la ceremonia.
* Después de recibir su acta deberá de llevar una copia fotostática del acta de Divorcio a la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, para la anotación al libro duplicado correspondiente.
Costos:
  • - Matrimonio en oficina $ 6,119.60
  • -Matrimonio a domicilio $ 10,786.27
El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE MATRIMONIOS DE AMBOS MEXICANOS

Información Descripción
Descripción: Es la unión jurídica de dos personas que, mediante una ceremonia solemne requerida por la ley, se unen con todos los derechos y obligaciones.
Dirigido a: A la ciudadanía en general mexicanos o mexicanas que deseen contraer matrimonio.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De acuerdo a la fecha solicitada de los contrayentes.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 14:00 horas
Requisitos:
  • Original y 3 copias de acta de nacimiento actualizada de ambos contrayentes.
  • 2 copias de la curp de cada uno de los contrayentes.
  • 2 copias de la identificación oficial de cada uno de los contrayentes.
  • 2 copias de cada uno de la identificación oficial de 4 testigos (2 testigos por cada contrayente deberán de saber leer y escribir)
  • 2 copias de acta de divorcio o defunción si alguno de los contrayentes fuera viudo/viuda o divorciado/divorciada.
  • 1 copia de acta de nacimiento o CURP de ambos padres de los contrayentes.
  • Original y copia de certificados médicos prenupciales vigente de ambos contrayentes (anexo a éste deberá traer los laboratorios químicos completos con VIH, es indispensable, aunque vivan en unión libre, después de separar su fecha de matrimonio ante el registro civil, se le indica la fecha tentativa para presentar los certificados médicos)
  • Llenar una solicitud que se le proporcionará en el área de recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Entrega de la solicitud para su llenado y recepción. (La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil).
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro de matrimonio. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Celebración del Matrimonio por la Oficial del Registro Civil en la sala de matrimonios cuando es de oficina. (se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro y copia certificada de matrimonio a los contrayentes al término de la ceremonia.
* Después de recibir su acta deberá de llevar una copia fotostática del acta de Divorcio a la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, para la anotación al libro duplicado correspondiente.
Costos:
  • - Matrimonio en oficina $ 933.36
  • -Matrimonio a domicilio $ 3,146.42
El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE MATRIMONIOS DE MEXICANO CON EXTRANJERO

Información Descripción
Descripción: Es la unión jurídica de dos personas que, mediante una ceremonia solemne requerida por la ley, se unen con todos los derechos y obligaciones.
Dirigido a: A la ciudadanía en general mexicanos o extranjeros que deseen contraer matrimonio.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: De acuerdo a la fecha solicitada de los contrayentes.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 14:00 horas
Requisitos:
  • Original y 3 copias de acta de nacimiento actualizada del o la contrayente mexicana (o)
  • 2 copias de la curp del o la contrayente mexicana (o)
  • 2 copias de la identificación oficial del o la contrayente mexicana (o)
  • 2 copias del acta de nacimiento del extranjero(a) apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo
  • 2 copias del pasaporte vigente del extranjero(a)
  • 2 copias de su legal estancia en el país del extranjero(a)
  • 1 copia de acta de nacimiento o CURP de ambos padres de los contrayentes.
  • Original y copia de certificados médicos prenupciales vigente de ambos contrayentes (anexo a éste deberá traer los laboratorios químicos completos con VIH, después de haber separado su fecha de matrimonio ante el registro civil se le indicará la fecha tentativa para presentar los certificados médicos y anexo)
  • 2 copias de cada uno de la identificación oficial de 4 testigos (2 testigos por cada contrayente)
  • Llenar una solicitud que se le proporcionará en el área de recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Entrega de la solicitud para su llenado y recepción. La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro de matrimonio. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Celebración del Matrimonio por la Oficial del Registro Civil en la sala de matrimonios cuando es de oficina. (se encuentra dentro de la misma área.)
  • Entrega del registro y copia certificada de matrimonio a los contrayentes al término de la ceremonia.
Costos:
  • En las oficinas del Registro Civil: $2,280.44
  • A domicilio: $3,146.42
El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE NACIMIENTOS DE MENORES DE PADRE MEXICANO Y EXTRAJERO

Información Descripción
Descripción: El registro de nacimiento proporciona al recién nacido el derecho de tener un nombre y una nacionalidad que lo identificará como ciudadano.
Dirigido a: A la población en general que no tengan registrados a sus hijos.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 2 horas.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 A 12:00 horas
Requisitos:
  • Original y 2 copias del certificado de nacido vivo, el cual deberá contener sello, firma, cédula profesional del médico y no debe presentar ninguna alteración. (Este documento no se devuelve)
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento del padre o madre mexicano (a) (legible, sin tachaduras ni enmendaduras).
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio, si fueran casados (vigencia 5 años).
  • 2 copias de identificación oficial con fotografía del padre o madre mexicano (a) del menor a registrar (ine, cartilla militar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte vigente, en caso de ser menor de edad presentar certificado de estudios con fotografía)
  • 2 copias de la curp del padre o madre mexicano (a)
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento de la madre o padre extranjero(a) apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo.
  • 2 copias de pasaporte vigente y del pase local de la madre o padre extranjero (a)
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (POR EL COVID DE MOMENTO NO SE REQUIERE DE TESTIGOS).
  • Si la madre es menor de edad, presentar consentimiento por escrito de quienes ejerzan la patria potestad (padres de la menor).
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento e identificación oficial de los abuelos del menor a registrar, en caso de que la madre o el padre sea menor de edad.
  • Original y 2 copias de constancia de inexistencia de registro este documento es para los niños mayores de 5 meses con 28 días (solicitarlo en la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de Septiembre y Miguel Hidalgo, col. centro de esta Ciudad).
  • Llenar una solicitud de registro que se le proporciona en recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación
  • Se le proporciona a la madre o padre la solicitud para su llenado y después devolverlo a la recepción. La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil.
  • Informar a la madre la hora del registro de su bebé.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejar el registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro a la madre o padre para que revise que todos sus datos sean los correctos.
  • Firma de los padres, y huella del bebé.
  • Entrega del registro. (boleta de interesado), copia certificada y CURP
Costos: NO APLICA, Todos los registros de nacimientos son: GRATUITOS.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE NACIMIENTOS DE MENORES DE PADRES MEXICANOS

Información Descripción
Descripción: El registro de nacimiento proporciona al recién nacido el derecho de tener un nombre y una nacionalidad que lo identificará como ciudadano.
Dirigido a: A la población en general que no tengan registrados a sus hijos.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 2 horas.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 A 12:00 horas
Requisitos:
  • Original y 2 copias del certificado de nacido vivo, el cual deberá contener sello, firma, cédula profesional del médico y no debe presentar ninguna alteración. (Este documento no se devuelve)
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento de los padres del menor (legible, sin tachaduras ni enmendaduras).
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio, si fueran casados (actualizada).
  • 2 copias de identificación oficial con fotografía de los padres del menor a registrar (ine, cartilla militar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte vigente, en caso de ser menor de edad presentar certificado de estudios con fotografía)
  • 2 copias de la curp de la madre o ambos padres.
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (De momento no se requieren por el COVID 19)
  • Si la madre es menor de edad, presentar consentimiento por escrito de quienes ejerzan la patria potestad (padres del o la menor).
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento e identificación oficial de los abuelos del menor a registrar, en caso de que la madre o el padre sean menores de edad.
  • Original y 2 copias de constancia de inexistencia de registro este documento es para los niños mayores de 5 meses con 28 días (solicitarlo en la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de Septiembre y Miguel Hidalgo, col. centro de esta Ciudad).
  • Llenar una solicitud de registro que se le proporciona en recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Se le proporciona a la madre o padre la solicitud para su llenado y después devolverlo a la recepción. (La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil).
  • Informar a la madre o padre, la hora del registro de su bebé.
  • Canalizar al área de captura (se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejar el registro (se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro a la madre o padre para que revise que todos sus datos sean los correctos.
  • Toma de firma de los padres, y huella del bebé.
  • Entrega del registro (boleta de interesado), copia certificada y CURP
Costos: NO APLICA, Todos los registros de nacimientos son: GRATUITOS.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE NACIMIENTOS DE MENORES DE PADRES EXTRANJEROS

Información Descripción
Descripción: El registro de nacimiento proporciona al recién nacido el derecho de tener un nombre y una nacionalidad que lo identificará como ciudadano.
Dirigido a: A la población en general que no tengan registrados a sus hijos.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 2 horas.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 A 12:00 horas
Requisitos:
  • Original y 2 copias del certificado de nacido vivo, el cual deberá contener sello, firma, cédula profesional del médico y no debe presentar ninguna alteración. (Este documento no se devuelve)
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento ambos padres apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio, si fueran casados apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo
  • 2 copias de pasaporte vigente y del pase local de ambos padres.
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (POR EL COVID-19 DE MOMENTO NO SE REQUIERE DE TESTIGOS.).
  • Si la madre es menor de edad, presentar consentimiento por escrito de quienes ejerzan la patria potestad (padres de la menor)
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento e identificación oficial de los abuelos del menor a registrar, en caso de que la madre o el padre sea menor de edad.
  • Original y 2 copias de constancia de inexistencia de registro (este documento es para los niños mayores de 5 meses con 28 días) (solicitarlo en la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, col. centro de esta Ciudad).
  • Llenar una solicitud de registro que se le proporciona en recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Se le proporciona a la madre o padre la solicitud para su llenado y después devolverlo a la recepción. La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil.
  • Informar a la madre o padre, hora del registro de su bebé (toma de firmas de padres y huella del bebé).
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejar el registro (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro a la madre o padre para que revise que todos sus datos sean los correctos.
  • Firma de los padres y huella del bebé.
  • Entrega del registro. (boleta de interesado, copia certificada y CURP)
Costos: NO APLICA, Todos los registros de nacimientos son: GRATUITOS.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEO MAYORES DE 18 AÑOS AUTORIZADO POR EL JUZGADO

Información Descripción
Descripción: Trámite para registrarse una persona mayor de 18 años mexicana que en su momento no fue registrado o registrada por sus padres.
Dirigido a: A la ciudadanía en general mexicanos o mexicanas
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 Hrs.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 A 12:00 horas
Requisitos:
  • Original y 2 copias de Sentencia ejecutoriada por el Juzgado indicando efectuar el registro de nacimiento (Anexo deberá presentar los documentos personales que presentó ante el Juzgado cuando realizó el trámite de su registro).
  • Identificación oficial de 2 testigos (que sepan leer y escribir)
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Entrega de la solicitud para su llenado y recepción. (La solicitud se les proporciona personalmente al momento de presentar su documentación al registro civil).
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro al interesado (a) para verificación de datos.
  • Firma de la persona que se va a registrar.
  • Entrega del registro (boleta de interesado), copia certificada y CURP
Costos: NO APLICA, Todos los registros de nacimientos son: GRATUITOS.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE RECONOCIMIENTO DE HIJOS

Información Descripción
Descripción: Es el trámite en donde se reconoce al menor o adulto registrado anteriormente por uno de los padres en su mayoría registrado únicamente por la madre.
Dirigido a: A las personas que deseen reconocer a sus hijos.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 3 días hábiles.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 A 12:00 horas
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta actualizada de nacimiento del o la menor / u adulto a reconocer.
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento del reconocedor.
  • Original y 2 copias del acta de nacimiento de la madre o padre que realizó el registro anterior del o la menor.
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio. (si fueran casados).
  • 2 copias de la curp de cada uno de los padres.
  • 2 copias de identificación oficial (ife, ine, cartilla militar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte vigente) de cada uno de los padres
  • 2 copias de la identificación oficial de 2 testigos (Que sepan leer y escribir).
  • Llenar una solicitud de registro que se le proporciona en recepción.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Se le proporciona a la madre o padre la solicitud para su llenado y después devolverlo a la recepción. (La solicitud se les proporciona personalmente al acudir al registro civil).
  • Proporcionar el recibo para el pago correspondiente en la caja de la tesorería
  • Informar a la madre o padre, la fecha, hora del registro (toma de firmas de padres, testigos y huella del menor o la menor a reconocer.)
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejar el registro (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro a la madre o padre para que revise que todos sus datos sean los correctos.
  • Firma de los padres, testigos y huella del menor o la menor a reconocer.
  • Entrega del registro. (boleta de interesado y copia certificada de reconocimiento)
Costos: $740.92. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE TRANSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN

Información Descripción
Descripción: Trámite para inscribir el registro de defunción efectuado en el extranjero de una persona mexicana por nacimiento.
Dirigido a: A la ciudadanía de nacionalidad mexicana que fallece en el extranjero.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 8 días hábiles.
Días y horario de atención: De lunes a viernes de 08:30 a 14:00 Hrs.
Requisitos:
  • Original y 3 copias del acta de defunción actualizada del finado(a) apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo.
  • Original y 3 copias de acta de nacimiento actualizada.
  • 3 copias de identificación oficial o pasaporte mexicano (a)
  • 3 copias de identificación de la persona que realizará el trámite.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería
  • Recepción del recibo de pago.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado) y copia certificada de defunción.
Costos: $943.02. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE TRANSCRIPCIÓN DE DIVORCIO

Información Descripción
Descripción: Es cuando uno de los cónyuges es mexicano o (a) y se divorciaron en el extranjero y se casaron en México (Quintana Roo).
Dirigido a: A la ciudadanía en general que desee efectuar su trámite.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 10 días hábiles.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 09:00 a 12:00 Hrs.
Requisitos:
  • Original y 2 copias del acta de divorcio apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo
  • Original y 2 copias del acta de matrimonio (siempre cuando la hayan realizado en esta Oficialía)
  • 2 copias de Identificación oficial o pasaporte mexicano de la persona mexicana
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pago.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado) y copia certificada de la transcripción de divorcio. OBSERVACIÓN: Después de recibir su acta deberá de llevar una copia fotostática del acta de divorcio a la Dirección Estatal del Registro Civil, ubicado en la Av. Ignacio Zaragoza entre 16 de septiembre y Miguel Hidalgo, para la anotación al libro correspondiente.
Costos: $ 943.02. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE TRANSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO

Información Descripción
Descripción: Trámite para inscribir el registro de matrimonio efectuado en el extranjero siempre y cuando uno de los contrayentes sea mexicano.
Dirigido a: A la ciudadanía que contrajo matrimonio en el extranjero y es mexicana (o)
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 8 días hábiles.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 Hrs.
Requisitos:
  • 2 copias del acta de Matrimonio apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo)
  • 3 copias del acta de nacimiento del o la contrayente mexicana (o)
  • 3 copias de su identificación oficial o pasaporte vigente del contrayente mexicano (a)
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación.
  • Proporcionar el recibo para el pago en la caja de la tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Canalizar al área de captura. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro de transcripción de matrimonio. (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado), copia certificada de transcripción de matrimonio.
Costos: $ 943.02 El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

REGISTRO DE TRANSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO

Información Descripción
Descripción: Trámite para inscribir el registro de nacimiento efectuado en el extranjero siempre y cuando uno de los padres sea mexicano por nacimiento.
Dirigido a: A la ciudadanía en general mexicanos o mexicanas
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 8 días hábiles.
Días y horario de atención: De lunes a viernes de 8:00 a 12.00 Hrs.
Requisitos:
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento apostillada o certificada en cadena y traducida al español de ser necesario (en caso de que sea de otro idioma diferente al español, la traducción la realiza un perito traductor mexicano autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo.
  • Original y 2 copias de acta de nacimiento actualizada de la madre o padre mexicana (vigencia de 15 días)
  • Original y 2 copias de identificación oficial o pasaporte mexicano del padre o madre mexicana.
  • Si el trámite lo va a realizar otra persona que no fuera el padre o la madre deberá presentar original y 2 copias de su identificación oficial o pasaporte.
Procedimiento:
  • Recepción y verificación de la documentación
  • Proporcionar el recibo para el pago correspondiente en la caja de la tesorería
  • Programar e informar al interesado o interesada, fecha y hora de entrega
  • Canalizar al área de captura (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Cotejamiento del registro de transcripción (Se encuentra dentro de la misma área)
  • Entrega del registro (boleta de interesado), copia certificada y CURP
Costos: $943.02 El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

TRÁMITE DE ANOTACIÓN MARGINAL

Información Descripción
Descripción: Son unas notas que se hacen al margen o reverso de un registro existente en los archivos, en donde se ordena vía administrativa por la Dirección Estatal del Registro Civil o Judicial (Juzgados) la rectificación o corrección de algún dato relacionado a la misma persona.
Dirigido a: A la ciudadanía en general que lo requiera y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 horas.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 13:00 Hrs.
Requisitos:
  • Original del oficio turnado por la Dirección estatal del registro civil o juzgados de lo familiar, indicando el o los errores a corregir en el acta correspondiente.
  • Copia del acta a corregir.
Procedimiento:
  • Recepción del oficio.
  • Cotejo de la existencia en la base de datos o libro correspondiente.
  • Se extiende recibo para el pago en la caja de tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Se efectúa la anotación correspondiente.
  • Firma y sello del o la oficial.
  • Entrega del documento.
Costos: $57.75. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

TRÁMITE DE CERTIFICACIONES DE ACTA DE: NACIMIENTO, RECONOCIMIENTO, MATRIMONIO, DEFUNCIONES, DIVORCIOS Y TRANSCRIPCIONES.

Información Descripción
Descripción: Consta de una leyenda en la parte posterior de la copia certificada que indica la autenticidad y existencia en los archivos de la oficialía.
Dirigido a: A la ciudadanía en general que lo requiera y que sea el interesado (a) o un familiar.
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 24 horas.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 13:00 Hrs.
Requisitos:
  • La copia certificada o fotocopia del acta a certificar.
Procedimiento:
  • Recepción del acta a certificar.
  • Cotejo de la existencia en la base de datos o libro correspondiente.
  • Se extiende recibo para el pago en la caja de tesorería.
  • Recepción del recibo de pagado.
  • Elaboración de la leyenda en la parte posterior.
  • Firma y sello del o la oficial.
  • Entrega del documento con la certificación.
Costos: $48.11. El pago se realiza en el módulo de la Tesorería Municipal (ubicada en bajos de Palacio Municipal (Av. Álvaro Obregón #321). Nota: El monto se determina de acuerdo a las U.M.A vigente en la entidad.
Marco Legal: Código Civil del estado de Quintana Roo, capítulo noveno sección primera, segunda, tercera, cuarta quinta y sexta, segunda parte especial capítulo primero. Segundo, tercero y cuarto Ley y Reglamento del Registro civil para el Estado de Quintana Roo, Normativa emitida conforme a la Fracción V del Artículo 7° del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Q. Roo.
Fundamento Legal: Artículo 75 ley de Hacienda Municipal

EXPEDICIÓN DE CURP

Información Descripción
Descripción: La Clave Única de Registro de Población, es un elemento que permite registrar en forma individual a todas las personas que residen en el Territorio Nacional, así como a los mexicanos que radican en el extranjero.
Dirigido a: A la población en general
Modalidad: Presencial, por turnos.
Tiempo Aproximado: 15 a 25 minutos.
Días y horario de atención: De lunes a viernes, de 08:30 A 14:00 Hrs.
Requisitos:
  • PARA REIMPRESIÓN DE CURP. - Acta de nacimiento, INE.
  • PARA CORRECCIÓN POR HOMONIMIA (duplicidad de curp).- Acta de nacimiento, IFE o INE, Documentos Oficiales que contenga la CURP que utiliza.(ejemplo: Cédula Profesional, cartilla militar, pasaporte, etc.) este trámite es turnado vía correo electrónico a RENAPO tiempo de respuesta de 5 a 8 días)
Procedimiento:
  • Recepción del acta de nacimiento y documentos oficiales para la validación de datos.
  • Enlace a la RENAPO vía internet.
  • Captura de datos.
  • Enviar datos a la RENAPO
  • Recibir respuesta de la RENAPO.
  • Impresión de la CURP
  • Entrega de la CURP al interesado
Costos: SIN COSTO.
Marco Legal: ACUERDO: Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 1996.
Fundamento Legal: No se aplica es gratuita.